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Sila vivienda se encuentra vacía, el usufructuario también debe incluirla en su Declaración de la Renta. Si cobras alguno de estos subsidios estás obligado a presentar la Declaración de la Renta
Siuna persona vive con sus padres y estos son propietarios de la vivienda, esa persona puede ser considerada usufructuaria del inmueble, siempre y cuando se hayaDebidoa su relevancia, es importante conocer las formas de extinción del usufructo. Como norma general, el Código Civil indica que el usufructo puede extinguirse por: Muerte del usufructuario. Expirar el plazo por el que se constituyó, o cumplirse la condición resolutoria consignada en el título constitutivo. Elusufructuario que vive con sus padres tiene el deber de cuidar de la propiedad como si fuera suya, lo que incluye mantenerla en buen estado y hacer las reparaciones necesarias. También tiene la obligación de pagar los impuestos y cargas que correspondan a la propiedad, así como las cuotas de condominio o cualquier otro gasto asociado. Lomejor es que compren la casa ellos y la pongan a su nombre. Tambien han de hacer sendos testamentos dejándose la propiedad mutuamente, salvo la legítima que esté en vigir en vuestra comunidad, y estableciendo que al sobreviviente le queda la casa en usufructo. Ello no exime que este no tenga que pagar la legítima a los herederos. Cachilipox 31/05/12 16:38. Por la vivienda habitual, de la que tienes solo la nuda propiedad, debes declararla en la página 1, titularidad 4 (otras situaciones). Los rendimientos o imputaciones de rentas les corresponden a tus padres. El resultado es el mismo si la consideran cedida a un familiar que si la consideran a disposición de ellos. Alhacer la declaración de la Renta solo tendrán que indicarlo las personas que sean usufructuarias del inmueble, independientemente de si está vacío o alquilado. De esta forma, la obligación Propietario la casa es de tu propiedad; Usufructuario: la casa no es de tu propiedad pero tienes el uso y disfrute de la misma. Arrendatario: estás de alquiler en esa casa. Si seleccionas esta opción tendrás que poner también el NIF o DNI del arrendador, es decir, el propietario de la casa que aparece en el contrato de alquiler. Pordecirlo de forma sencilla, los arrendatarios son los inquilinos y estos, además, pueden incluir ciertas deducciones autonómicas en la declaración de la Renta. Así, se beneficiarían de Muchasgracias, León, por tu aclaración. Y en el supuesto de que me haya trasladado a otra ciudad a 150 km del domicilio familiar, por motivos de trabajo, viva en régimen de alquiler y el propietario no quiera declararlo, ¿puedo seguir indicando la referencia catastral de la vivienda habitual de mis padres y confirmar directamente el borrador vía